El día 20 de marzo fue presentado el cuadernillo “En la letra de la ley y en las calles de la ciudad. Para acceder al derecho consagrado en la Ley de Identidad de Género”, publicado por la
Defensoría General de la CABA y auspiciado por el INADI,
la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y la Coordinación de
Diversidad Sexual del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. Participaron especialmente en el proceso de relevamiento y la validación de los contenidos de este instrumento, la Asociación Lucha por la Identidad Travesti Transexual (ALITT), el Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (MAL), Futuro Transgénero y el Frente Nacional por la Ley de Identidad de Género.
El
objetivo de este trabajo es brindar al colectivo trans una herramienta
práctica para el conocimiento de sus derechos.
Se trata de una guía sencilla para el acceso cotidiano a la Ley de
Identidad de Género sancionada en el 2012 y surge de las diversas
dificultades con la que se enfrentan tanto los colectivos de género como
el funcionariado que debe hacerla cumplir a la hora de implementarla.
Prólogo
Que
la democracia garantiza las condiciones básicas sobre las cuales puede
ser reivindicada es algo que las personas trans conocen muy bien. Desde
los años ´90 grupos socio-sexuales diversos irrumpen en la escena
pública y denuncian la severa estigmatización y discriminación
socio-económica a la que se encuentran sometidos. Inferiorizados,
históricamente maltratados, marginalizados, estos grupos lucharon por
ensanchar los márgenes de la ciudadanía y ser incluidos en ella.
Como parte de un proyecto político más vasto, orientado a la
ampliación de derechos en nuestro país, distintas fuerzas políticas,
junto al Gobierno Nacional, hacen propios estos reclamos y el 9 de mayo
de 2012 se sanciona la Ley de Identidad de Género (Ley 26.743),
reglamentada por la Presidenta de la Nación dos meses después. Las demandas se convirtieron
así en derechos y estos consagraron nuevas libertades en la sociedad
argentina toda.
La Ley de Identidad de Género considera que hay otra manera de estar
en el mundo, diferente a la propia del varón y de la mujer; reconoce, en
otras palabras, el derecho de las personas trans a vivir libres de
violencia y discriminación y apela a los Estados Provinciales y al de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adoptar medidas que aseguren el
cumplimiento de la norma de cara a la construcción de una sociedad más
democrática.
Ahora bien, sabemos que el
acceso a los derechos, la posibilidad de que puedan ser peticionados y
reclamados, efectivizados en la práctica, es decir, en el marco de las
relaciones sociales, no es algo que una ley garantice.
Las leyes son condiciones necesarias pero no suficientes para lograr el
ejercicio de un derecho. La apropiación de este es un proceso complejo y
largo en el que intervienen diferentes actores.
El corto trayecto transitado por la Ley de Identidad de Género revela
algunas deficiencias en su implementación, sostenidas ellas, en su
mayor parte, por el desconocimiento aún existente sobre cómo proceder en
ocasión de una petición de rectificación registral del sexo y cambio de
nombre/s de pila o de tratamientos hormonales y/o quirúrgicos en el
área de la salud.
Este cuadernillo tiene por fin proporcionar información sobre la Ley
de Identidad de Género, acompañando y agilizando, oportuna y
efectivamente, el proceso de acceso al ejercicio de los derechos que
ella concede. Está dirigido a las personas destinatarias de la norma y
ha sido elaborado sobre la base de información recogida a través de un
instructivo especialmente preparado para relevar las principales dudas,
dificultades y problemas que han encontrado los/as destinatarios/as para
el acceso al derecho a la identidad de género autopercibida.
El cuadernillo está organizado en torno a dos grandes tópicos. El
primero de ellos agrupa información referida a la rectificación
registral del sexo y el cambio de Documento Nacional de Identidad. El
segundo, reúne datos relevantes vinculados a la salud, referidos a la
adecuación corporal a la identidad de género autopercibida. En un
apartado especial, figuran las pautas para la obtención de estos
derechos por parte de ciudadanos/as extranjeros/as.
Asimismo, se han incorporado, a modo de Anexos, los textos completos de
la Ley de Identidad de Género (26.743) y su Reglamentación (Decreto
1007/2012); la Resolución del Registro Nacional de las Personas
(RENAPER) que declara la gratuidad del trámite para el cambio registral
del sexo y de nombre/s de pila; así como también un conjunto de leyes y
resoluciones que fueron antecedentes destacados de la Ley de Identidad
de Género y a las que se puede acudir en caso de ser víctima de
discriminación. Tal el caso de la Ley 3062, conocida como Ley del Nombre
y la Resolución de la Defensoría porteña que reconoce el nombre de las
personas trans en todas las actuaciones judiciales (DG 278/11), la
Resolución 122 o Resolución Filmus, en la que se recomienda a todos los
establecimientos educativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sean
éstos de gestión pública o privada, así como a todas las instancias
administrativas dependientes de la Secretaría de Educación, garantizar
el respeto por la identidad de género, dignidad e integración de las
personas pertenecientes a minorías sexuales. Por último, se presenta
bajo el título Datos Útiles, el formulario con que se inicia el trámite
de cambio registral del sexo y de nombre/s de pila y el cambio de DNI,
los lugares adonde se puede realizar, las direcciones de los treinta y
tres centros de salud de la CABA que se encuentran obligados por la Ley
de Identidad de Género a atender los requerimientos de adecuación
corporal a la identidad de género autopercibida.
Esta publicación es el resultado del esfuerzo asociado de esta
Secretaría General de Derechos Humanos de la Defensoría General de la
CABA, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el
Racismo (INADI), la Coordinación Nacional de Diversidad Sexual del
Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Secretaría de Derechos
Humanos de la Nación. Participaron especialmente en el proceso de
relevamiento y la validación de los contenidos de este instrumento, la
Asociación Lucha por la Identidad Travesti y Transexual (ALITT), el
Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (MAL), Futuro Transgénero y
el Frente Nacional por la Ley de Identidad de Género (FNLIG). Todos
organismos y organizaciones para los que es necesario llevar la letra de la ley a la calle.