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martes, 23 de febrero de 2016

Sobre elecciones de reina y concursos de la "mejor cola"



La concejal de Chubut Somos Todos Mariela Williams en el aire de Radio Libre 103.5 Mhz. explicando sus palabras en la hora de preferencia del pasado jueves sobre la cosificación de la mujer en las elecciones del Bikini Open y la Reina de la Fiesta del Cordero. ¨No está mal discriminar, discriminar es diferenciar, yo tengo que discriminar al niño mal alimentado para poder asistirlo¨
Escuchá el audio con sus declaraciones acá http://radiolibre.fm/?p=303

“No está mal discriminar, porque yo tengo que discriminar…discriminar es diferenciar”
A la concejal Mariela Williams le recordamos que, si bien “La discriminación es el acto de agrupar a los seres humanos según algún criterio elegido e implica una forma de relacionarse socialmente, concretamente, suele ser usado para hacer diferenciaciones que atentan contra la igualdad, ya que implica un posicionamiento jerarquizado entre grupos sociales, es decir, cuando se erige un grupo con más legitimidad o poder que el resto”[1].

Si bien el concepto “discriminación”, en abstracto carece de valor peyorativo, reducir la posición de UyO respecto del Bikini Open y concursos de elección de reina en fiestas nacionales, a la búsqueda de réditos políticos, es limitarse a sí misma/o la capacidad de criterio y reflexión respecto a las prácticas sociales naturalizadas de dominación y violencia machista.

Sería pertinente y muy beneficioso para la comunidad madrynense que quienes han sido elegidos/as por el pueblo para gobernar, tengan conocimiento de ciertos conceptos imprescindibles para generar políticas públicas de inclusión y equidad en beneficio de toda la comunidad.

En primer término, y en cuanto a las declaraciones de la concejal Mariela Williams, la misma desconoce que los reclamos y repudios acerca de la realización del evento denominado “bikini open night” no son exclusivos del bloque UyO ni es el 2016 el año en que por primera vez alguien de la ciudad se pronuncia al respecto.
Además, le recordamos a la concejal que todos los años el evento se realiza en un lugar público con la “colaboración” de la Municipalidad, tanto en cederle el lugar para la realización (calle Blvrd Brown) como en poner a disposición personal de la misma (Control Urbano, para ordenar el tránsito y el corte de calles). Otro detalle que la concejal parece desconocer.

Por otro lado, si bien estamos de acuerdo en que la mujer puede elegir, no “libremente” si no condicionada por el sistema patriarcal capitalista en el que nos construimos como personas, lamentamos que la concejal interprete de forma reduccionista el repudio que en la ciudad vienen manifestando desde hace años tanto el movimiento feminista, como distintas organizaciones de mujeres, organizaciones de la sociedad civil (como Casa de la Mujer, CLADEM, Magdalenas Puerto Madryn, Las Hacedoras, CONAF municipal, Chubut-Diversx), instituciones como el INADI y otros organismos. Para que quede más claro, lo que se repudia es que el evento se realice en un lugar público, como lo ha sido siempre la calle costanera Boulevard Brown.  
"Lo que se cuestiona no es la elección de participar o no en un concurso de Belleza, lo que se cuestiona es la posición del estado ante este tipo de eventos, esto desvirtúa lo que se quiere proteger que es la integridad de la mujer”. (declaraciones de Gustavo Barrera, intendente de Villa Gesell, sobre la prohibición de concursos de belleza y elecciones de reina).

Es indispensable realizar una mirada crítica de los procesos de violencia naturalizados en la historia al mismo tiempo que la generación de nuevos modos de vinculación social.
Este concurso que expone el cuerpo femenino como objeto consumible, fomenta una sexualidad masculina basada en la dominación y en la violencia simbólica naturalizando al mismo tiempo prácticas referidas al consumo de los cuerpos de niñas, adolescentes y mujeres adultas, contribuyendo al incremento real de la violencia sexual contra éstas.

Resulta una política del Estado Argentino, la prevención, sanción y erradicación de la violencia y el control y seguimiento de políticas públicas en este sentido, en estricto cumplimiento con los compromisos asumidos ante la comunidad internacional.

Por último, invitamos a la concejal y a toda aquella persona que tenga alguna duda del repudio que se viene manifestando desde hace años respecto a este tipo de concursos como el bikini open y elecciones de reinas en fiestas populares, a ponerse en contacto con nosotras y mantener una conversación a fin de poder profundizar sobre los conceptos aquí vertidos.   

Agrupación Chubut-Diversx
Magdalenas Puerto Madryn
Encuentros de Lectura y Debate sobre Feminismos


[1]Racismo: Hacia una Argentina intercultural” (2014), Documentos Temáticos INADI.
Otra definición puede leerse en el accesible Wikipedia https://es.wikipedia.org/wiki/Discriminaci%C3%B3n
La discriminación (del latín discriminatĭo, -ōnis) es toda aquella acción u omisión realizada por personas, grupos o instituciones, en las que se da un trato diferente a una persona, grupo o institución en términos diferentes al que se da a sujetos similares, de los que se sigue un prejuicio o consecuencia negativa para el receptor de ese trato. Habitualmente, este trato se produce en atención a las cualidades personales del sujeto que es objeto del mismo, aunque también puede deberse a otros factores, como el origen geográfico, sus decisiones u opiniones en lo social, lo moral, lo político u otra área de interés social”.

miércoles, 22 de febrero de 2012

En Madryn fue un Bikini Closed

EL CONCURSO A LA “MEJOR” COLA FUE SUSPENDIDO PORQUE DESATO POLEMICA

Por Mariana Carbajal

En la ciudad chubutense de Puerto Madryn, el Inadi promovió una fuerte movida contra un Bikini Open que desde hace seis años realiza una radio local en un balneario costero por considerarlo que “expone al cuerpo femenino como objeto consumible”, “fomenta una sexualidad masculina basada en la dominación” y “contribuye a que se perpetúe la violencia contra las mujeres”. A la batalla contra el concurso –donde desfilan chicas en tanga, se las evalúa por la turgencia de sus glúteos y se elige la “mejor” cola–, se sumaron organismos provinciales de protección de los derechos de la niñez y de las mujeres, además de organizaciones de la sociedad civil. El debate se instaló en la comunidad, los medios y las redes sociales. Y ofuscó enormemente al organizador del certamen, el periodista y locutor de la Radio Total FM 90.1 de Puerto Madryn, Marcelo Pérez Medel, quien llegó a tildar frente al micrófono a las funcionarias de la oficina local del Inadi como “incogibles”. Y para defenderse de los cuestionamientos al Bikini Open alegó: “Será que la gente del Inadi no tiene cuerpos consumibles” (...) “eso es envidia” (...) “deben ser unas gordas detrás de un escritorio que no tienen otra cosa que hacer”. La polémica fue tan fuerte en las últimas semanas en Madryn, que por el momento se desconoce si el concurso finalmente se realizó en un espacio privado o directamente fue suspendido.

Alejandra Tolosa, delegada en la oficina de Puerto Madryn del Inadi, fue la impulsora de la movida. A través de una extensa nota, dirigida al organizador y también al Grupo La Jornada, editor del diario La Jornada, auspiciante en años anteriores del certamen, fundamentó la posición del organismo contra el concurso en el que se evalúa a las participantes por las características de sus nalgas y consideró que se trata de un evento “discriminatorio” y “sexista”. Puerto Madryn no es la única localidad balnearia en la que se lleva adelante este tipo de concursos. También en Mar del Plata es tradicional la organización de certámenes similares.

“En el entendimiento de que la violencia, en sus múltiples formas, constituye una violación de los derechos humanos y que merece como tal el compromiso responsable del Estado, hacemos llegar esta nota a la empresa organizadora, a la auspiciante y a las autoridades correspondientes solicitando se tomen las medidas pertinentes para erradicar de una vez la violencia de género en los medios y en actos públicos disfrazados de entretenimiento”, finalizaba la carta, que se difundió por los medios locales, a la que adhirieron además la Dirección Provincial de Género y Equidad de la provincia de Chubut, el Consejo Provincial de la Niñez, Adolescencia y Familia, el Comité de América latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Cladem), la Agrupación Chubut-Diversx, la Casa de la Mujer Puerto Madryn, la Fundación Madre Luna y el Foro Interinstitucional contra la Violencia de Género. La difusión del repudio hacia el certamen despertó el debate en los medios, en redes sociales y se propagó en la comunidad. “Consideramos que es indispensable realizar una mirada crítica de los procesos de violencia naturalizados en la historia, al mismo tiempo que la generación de nuevos modos de vinculación social”, explicó a Página/12 Tolosa. “Este concurso expone el cuerpo femenino como objeto consumible, fomenta una sexualidad masculina basada en la dominación y en la violencia simbólica naturalizando al mismo tiempo prácticas referidas al consumo de los cuerpos de niñas, adolescentes y mujeres adultas, contribuyendo al incremento real de la violencia sexual contra éstas. La utilización de mujeres y niñas como objetos sexuales las denigra y contribuye a que se perpetúe la violencia contra las mujeres, obstaculizando de este modo el camino hacia el pleno reconocimiento de la igualdad de derechos y oportunidades para mujeres y varones”, señalaba la carta.

Entre los argumentos que se esgrimieron para defender el concurso se dijo que las participantes concursan en forma voluntaria, que es un evento familiar, que el Inadi debería ocuparse de cosas más importantes e incluso que el evento era importante como atracción turística. Pero la Secretaría de Turismo de Madryn negó que fuera así. Página/12 intentó consultar a Pérez Medel, organizador del concurso, pero no respondió a los llamados.

“Las mujeres hoy estamos mucho más protegidas, sobre todo a partir de la sanción de la Ley Nacional 24.685 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, que se refieren a violencia simbólica y violencia mediática. Y también con la Ley Nacional 26.552 de Servicios de Comunicación Audiovisual. Hoy estamos protegidas no sólo de la violencia física y en el ámbito doméstico, sino también respecto de la violencia económica, psicológica, simbólica, y también aquella que ocurre hacia las mujeres en el espacio público, el ámbito laboral y también el mediático”, explicó Tolosa. Aunque en años anteriores el Inadi también repudió el concurso con cartas a los organizadores y auspiciantes, nunca antes el debate había logrado instalarse, destacó Tolosa. Por el momento, en Madryn se desconoce si se hizo o se hará el Bikini Open. O si finalmente el concurso, frente a la ola de repudios, quedó archivado.

Fuente: http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-188008-2012-02-21.html

viernes, 3 de febrero de 2012

Adherimos a la nota de repudio por el concurso Bikini Open en Puerto Madryn

Chubut-Diversx adhiere a la nota presentada por la Delegación en Chubut del INADI, en los medios, ante el Concejo Deliberante, Intendente de la ciudad y Radio FM Total (organizadora del evento). 
"Ante la probabilidad de realización del evento denominado “Bikini Open” en la ciudad de Puerto Madryn, que en años anteriores se llevara adelante en la temporada de verano bajo la organización de la Radio FM Total y con el auspicio del Grupo Jornada; el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo, Delegación Chubut, y en el marco de su competencia, repudia en forma categórica el mismo por considerarlo discriminatorio por cuestiones de género.
Consideramos que es indispensable realizar una mirada crítica de los procesos de violencia naturalizados en la historia al mismo tiempo que la generación de nuevos modos de vinculación social.
Este concurso que expone el cuerpo femenino como objeto consumible, fomenta una sexualidad masculina basada en la dominación y en la violencia simbólica naturalizando al mismo tiempo prácticas referidas al consumo de los cuerpos de niñas, adolescentes y mujeres adultas, contribuyendo al incremento real de la violencia sexual contra éstas.
La utilización de mujeres y niñas como objetos sexuales las denigra y contribuye a que se perpetúe la violencia contra las mujeres, obstaculizando de este modo el camino hacia el pleno reconocimiento de la igualdad de derechos y oportunidades para mujeres y varones.
Por otro lado resulta una política del Estado Argentino, la prevención, sanción y erradicación de la violencia y el control y seguimiento de políticas públicas en este sentido, en estricto cumplimiento con los compromisos asumidos ante la comunidad internacional.
La República Argentina ratificó en 1985 la CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER (en adelante CEDAW, por sus siglas en inglés), generando compromisos tendientes a la aprobación de acciones para eliminar la discriminación contra las mujeres, tomando medidas que ayuden a alcanzar la igualdad entre las mismas y los varones orientadas a cambiar las costumbres y creencias que ayudan a que exista la discriminación.
La CEDAW dispone que: “Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para:
a) Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres”.
El Estado Argentino es, además, signatario de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, más conocida como “Convención de Belém do Pará”. Esta convención en su 8º artículo establece como compromiso de los Estados, adoptar, en forma progresiva, medidas específicas para (…) b. modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, incluyendo el diseño de programas de educación formales y no formales apropiados a todo nivel del proceso educativo, para contrarrestar prejuicios y costumbres y todo otro tipo de prácticas que se basen en la premisa de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los géneros o en los papeles estereotipados para el hombre y la mujer que legitiman o exacerban la violencia contra la mujer;(…) g. alentar a los medios de comunicación a elaborar directrices adecuadas de difusión que contribuyan a erradicar la violencia contra la mujer en todas sus formas y a realzar el respeto a la dignidad de la mujer”.
En la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer en la que participaron representantes de nuestro país, se definió la Plataforma de Beijing, la que en su párrafo 236 reza: “Hay que suprimir la proyección constante de imágenes negativas y degradantes de la mujer en los medios de comunicación, sean electrónicos, impresos, visuales o sonoros. Los medios impresos y electrónicos de la mayoría de los países no ofrecen una imagen equilibrada de los diversos estilos de vida de las mujeres y de su aportación a la sociedad en un mundo en evolución. Además, los productos violentos y degradantes o pornográficos de los medios de difusión también perjudican a la mujer y su participación en la sociedad.”
Se señala asimismo que constituyendo el evento un acto de violencia sexista se incurre en violación de la Ley Nacional N° 24.685 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, artículos 2°), 5°) inc. 5 y 6°) (violencia simbólica y mediática) y por otro lado la empresa y todos los medios de difusión que levanten, cubran y/o distribuyan la información también estarían en clara violación a la Ley Nacional 26.552 de Servicios de Comunicación Audiovisual, art. 70.
En el ámbito local, la Carta Orgánica de la ciudad de Puerto Madryn adhiere en su art. 4, a los Objetivos de Desarrollo del Milenio aprobados por la Asamblea de las Naciones Unidas, comprometiéndose a implementar y apoyar estrategias para el logro de los mismos, que se enumeran a continuación: (…) 3) Promover la igualdad entre los géneros y la autonomía de la mujer.
Por otro lado en su art. 34 se dispone que: “La Municipalidad prohíbe la emisión de publicidad y contenido que induzca a la violencia, la discriminación, la toxicomanía, sexismo, la intolerancia religiosa o política y toda aquella manifestación que atente contra los derechos humanos”.
En el entendimiento que la violencia en sus múltiples formas, constituye una violación de los Derechos Humanos y que merece como tal el compromiso responsable del Estado, hacemos llegar esta nota a la empresa organizadora, a la auspiciante y a las autoridades correspondientes solicitando se tomen las medidas pertinentes para erradicar de una vez la violencia de género en los medios y en actos públicos disfrazados de entretenimiento.
Por lo expuesto, sugerimos a las/os responsables de la organización del evento tengan a bien considerar la pertinencia de su realización."

Adhieren:
Dirección Provincial de Género y Equidad de la Provincia de Chubut
Consejo Provincial de la Niñez, Adolescencia y Familia. CONAF
Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer. CLADEM Enlace Chubut
Agrupación Chubut-Diversx
Casa de la Mujer Puerto Madryn
Fundación Madre Luna
Foro Interinstitucional de Violencia de Género